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Exención que promueve el sector servicios
El Gobierno Nacional expidió el decreto 1805 que tiene como fin facilitar la obtención de la exención de IVA para las exportaciones de servicios. La regulación anterior establecía que los beneficiarios de la exención de IVA eran aquellos que prestaban un servicio en Colombia a un residente en el exterior sin negocios o actividades en Colombia. Esta expresión limitaba el uso de la exención ya que “negocios o actividades en el territorio” podría interpretarse como cualquier operación que desarrollara un multinacional en el país.
Con la expedición de este decreto se entiende por empresas sin negocios o actividades en Colombia, las empresas o personas domiciliadas o residentes en el exterior que, no obstante tener algún tipo de vinculación económica en el país, son beneficiarios directos de los servicios prestados en el país para ser utilizados o consumidos exclusivamente en el exterior.
“Este es un logro más de la alianza publico privada - gremio, gobierno - empresas con el firme propósito de consolidar los sectores de SW & IT y BPO&O como sectores de clase mundial”, afirma Ana Karina Quessep, directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de Contact Center y BPO.
Esta medida es una muestra más del compromiso del Gobierno con el desarrollo del sector, y es un logro conjunto por el cual la Asociación ha trabajado desde hace dos años. Colombia se enmarca en la misma línea competitiva de Latinoamérica y sin duda será una puerta de entrada a nuevos negocios y exportación de servicios en la industria de Contact centers y BPO.
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